Existe cierta incertidumbre en cuanto al transporte de alcohol etílico se refiere.
¿Están habilitadas las cisternas alimenticias para la inclusión del Nª ONU 1170?, ¿Se puede certificar el ADR incluyendo el transporte de Bebidas Alcohólicas Nº ONU 3065 y Alcohol Etílico con Nº ONU 1170?
Estas son algunas de las preguntas que están surgiendo en el mundo del transporte. Unos dicen que todo está permitido, otros que no…
Hasta el momento no hay constancia de ninguna comunicación Oficial del Órgano Competente que autorice a habilitar las cisternas alimentarias para la inclusión del Nº ONU 117, aunque se está elaborando la consulta correspondiente por los Organismos de Control, con el objetivo de tener una respuesta positiva al respecto.
Por lo tanto, en el caso de que nos ofrecieran la renovación y/o modificación de un certificado ADR al transporte de Bebidas Alcohólicas nº ONU 3065, por otro nuevo certificado incluyendo además de la materia anterior, el Alcohol Etílico con Nº ONU 1170, estaríamos ante un certificado no validado hasta el momento.
Por nuestra parte, os mantendremos adecuadamente informados si se produjera algún cambio.